Patricia Chandomí.- En marzo de 2009 se promulgó en Chiapas la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, la cual, al igual que la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres en Chiapas, no cuenta con un reglamento ni con mecanismos prácticos para hacer viable su aplicación, lo que representa una indiferencia gubernamental que se refleja en la impunidad con la que se mueven los sujetos agresores en Chiapas.
Lo anterior, de acuerdo al informe anual 2009 del Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, presentado el día de ayer, dicho informe por primera vez en 20 años, contempla un capítulo dedicado a las mujeres.
El reporte relata que muchos de los funcionarios de la procuración de justicia desconocen las leyes de protección de las mujeres, mientras otros afirman conocerlas, aunque omiten aplicarlas en su argumentación jurídica.
“En el Poder Judicial de Chiapas se observa lo mismo, dado que jueces y magistrados no emiten sentencias con perspectiva de género. Estas leyes, por lo tanto, permanecen simplemente en el campo declarativo” reseña el informe.
Aunado a lo anterior, la impunidad es el principal problema que se observa ante las denuncias interpuestas por mujeres, ya que el Estado mexicano no realiza eficazmente sus deberes de investigación, prevención y sanción y no cumple con el compromiso de proteger los derechos de las mujeres expresados en diversas observaciones, recomendaciones e instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), la Convención Belém do Pará, la CEDAW y la Plataforma de Acción de Beijing.
El organismo de Derechos Humanos ha documentado que en las denuncias presentadas por mujeres, en situaciones de violencia doméstica o familiar, tanto los jueces como el Ministerio Público, al dictar sentencia o consignar, minimizan el daño psicológico en su valoración de los derechos violentados y no lo consideran como parte del tipo penal o de la reparación del daño.
Por otra parte, la autoridad procuradora de justicia a menudo omite la realización de exámenes periciales, incluso habiendo lesiones, por considerarlas menores o simplemente porque la sobreviviente de violencia, al desconocer sus derechos, no los solicitó. Cuando el perpetrador de la violencia es un servidor público se acentúan estas omisiones, sostuvo este Centro.
Para el equipo Frayba la ineficacia del sistema judicial, su inadecuada aplicación de los preceptos nacionales e internacionales y la discriminación que se ejerce contra las mujeres, demuestra la existencia de una violencia institucional, al ser tolerada de una manera sistemática por los órganos del Estado.
El Centro manifestó que la denuncia que realizan las mujeres sobrevivientes a un hecho de violencia representa en sí misma un acto de valentía, “se trata habitualmente de un proceso lento y de largo aliento. La mayoría de las mujeres sobrevivientes a la violencia atendidas por este Centro, han sostenido a su familia y han suministrado el ingreso familiar cuando el hombre ha dejado de cumplir con esta función. Cuando las mujeres se incorporan a una fuente de trabajo, muchas veces mal remunerado, tienen la opción de conseguir cierta independencia económica para sus hijos y para ellas mismas. Pueden así salir de su casa para tener nuevas experiencias, incrementar sus relaciones personales y buscar oportunidades de apoyo y solidaridad”.
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Plataforma de denuncia pública para visibilizar la violencia contra las mujeres en Chiapas
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jueves, 27 de mayo de 2010
jueves, 18 de marzo de 2010
Falta de Reglamento de Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia= a falta de compromiso de las autoridades: INMUJERES
Patricia Chandomí.- Chiapas carece aún de un Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, aprobada por el Congreso del Estado en agosto del 2003, esta Ley ha sido muy criticada por feministas chiapanecas ya que no define conceptos trascendentales para frenar la violencia hacia las mujeres como feminicidio y alerta de género, además, no tipifica los diversos tipos de violencia que se ejerce contra las mujeres.
La abogada Martha Figueroa sostuvo que esta Ley habla de temas generales como por ejemplo del tema violencia laboral y académica, pero no dice a qué dependencia específicamente le toca atender este tipo de casos.
Contrario al abandono que se ha hecho en Chiapas de esta Ley, a nivel nacional 19 congresos locales ya han aprobado un Reglamento, recientemente el estado de Tabasco presentó su Reglamento de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Rocío Gaytán titular del Instituto Nacional de las Mujeres destacó que la promulgación del Reglamento refrenda el compromiso de las autoridades estatales para dar certeza operacional a las disposiciones contenidas en la Ley y los postulados nacionales así como compromisos internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres.
Las entidades que ya cuentan con su Reglamento son: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima, Chihuahua, Distrito Federal, Estado de
México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala y Yucatán.
La abogada Martha Figueroa sostuvo que esta Ley habla de temas generales como por ejemplo del tema violencia laboral y académica, pero no dice a qué dependencia específicamente le toca atender este tipo de casos.
Contrario al abandono que se ha hecho en Chiapas de esta Ley, a nivel nacional 19 congresos locales ya han aprobado un Reglamento, recientemente el estado de Tabasco presentó su Reglamento de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Rocío Gaytán titular del Instituto Nacional de las Mujeres destacó que la promulgación del Reglamento refrenda el compromiso de las autoridades estatales para dar certeza operacional a las disposiciones contenidas en la Ley y los postulados nacionales así como compromisos internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres.
Las entidades que ya cuentan con su Reglamento son: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima, Chihuahua, Distrito Federal, Estado de
México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala y Yucatán.
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