Patricia Chandomí.- Un grupo de tres abogados internacionales representantes de Ananías Laparra Martínez de más de 60 años y su familia, junto a la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle, Estados Unidos y el Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova A.C, de Chiapas presentaron una denuncia en contra del Estado mexicano ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington D.C., por hechos constitutivos de violaciones graves a sus derechos humanos.
Dichas violaciones comenzaron a perpetrarse con la detención de la familia Laparra el 14 de octubre de 1999 en la ciudad de Tapachula, Chiapas, Ananías a la fecha sigue privado injustamente de su libertad.
La denuncia se relaciona principalmente con la detención ilegal y arbitraria del señor Ananías Laparra Martínez y su familia el 14 de octubre de 1999 por agentes de la Policía Judicial del Estado de Chiapas. Ellos fueron torturados por personal de la policía judicial con la orden, aquiescencia y participación de un agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia de dicho Estado.
Los dos hijos menores del señor Ananías Laparra--José Ananías de 14 años y Rocío Fulvia Laparra Godínez de 16 años—así como su esposa, Rosa Godínez, fueron torturados y forzados a firmar declaraciones que inculpan al señor Ananías de haber privado de la vida al joven Elvis Díaz Martínez, originario de la colonia Unión Roja, municipio de Cacahoatán, Chiapas.
Además de torturar a sus dos niños y a su esposa, el señor Laparra también fue torturado y forzado a firmar una declaración autoinculpatoria, después de que los agentes torturaran a uno de sus hijos delante de él.
Con estos elementos de prueba ilícitamente obtenidos ante el Ministerio Público y violando los derechos humanos de la familia Laparra, el 31 de enero de 2002 el Juez de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Tapachula, sin realizar investigación alguna sobre la tortura denunciada ante el juzgado por la familia, condenó al señor Laparra a una pena de prisión de 28 años, 7 meses y 15 días, misma que se encuentra cumpliendo de manera injusta en el Centro Estatal para la Reinserción Social de Sentenciados número 3 (CERSS 3) en Tapachula, Chiapas.
Tal como lo señaló el abogado representante de las víctimas Ricardo Lagunes Gasca “a más de 10 años de estar privado injustamente de su libertad y faltando por lo menos 18 años de condena arbitraria, el señor Ananías Laparra Martínez y su familia han acudido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos debido a que las instancias internas de procuración y administración de justicia han resultado ineficaces para lograr su pronta libertad, así como para conseguir la investigación, la detención y la sanción de los responsables de las torturas y violaciones perpetradas”.
Para los organismos de defensa de los derechos humanos este caso reviste particular importancia toda vez que refleja la situación de indefensión en que se encuentran las personas que interactúan con el Ministerio Público—frente al abuso de poder, actuar ilegal y arbitrario de dicha institución y sus agentes. Tal como se demuestra en la denuncia, el uso de la tortura como una forma de conducir los interrogatorios y obtener confesiones o declaraciones incriminantes, la utilización de la prueba obtenida por el Ministerio Público de forma preferente a cualquier otra evidencia producida en el marco de proceso judicial, así como la falta de protección judicial rápida y efectiva en contra de tal conducta no supone una situación aislada.
Thomas Antkowiak, abogado representante en Estados Unidos señaló que “la denuncia de los hechos de este caso ante el Sistema Interamericano es una invaluable oportunidad para que el Estado mexicano, de la mano de la justicia internacional, tome los pasos necesarios para reformar el sistema de justicia penal, modifique no sólo las leyes sino las prácticas abusivas e irrespetuosas a los derechos humanos, así como diseñe los mecanismos adecuados para lograr que quienes sufran de estas violaciones reciban una pronta reparación, sobre todo en casos como el presente en que el derecho a la libertad personal se encuentra en juego y el paso del tiempo no hace más que perpetuar las violaciones sufridas por las víctimas”.
La tortura es un acto considerado por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Humanitario como un crimen de lesa humanidad de carácter imprescriptible, mismo que debe ser erradicado por todos los medios disponibles dentro de las prácticas de investigación criminales. En caso de comisión, debe ser investigado y sancionado de manera pronta y eficaz por las autoridades competentes, y las declaraciones obtenidas bajo tortura deben ser consideradas pruebas ilícitas y declaradas nulas. De lo contrario como sucede en México, el uso de la tortura se convierte en una situación crónica y la indiferencia estatal fomenta la impunidad.
Finalmente, la abogada representante Alejandra Gonza radicada en Estados Unidos resaltó que “la Corte Interamericana de Derechos Humanos acaba de dictar dos sentencias contra México en las que se demuestran problemas gravísimos de la administración de justicia. La Corte llamó la atención al gobierno mexicano y le ordenó, entre otras, modificar leyes, capacitar a los funcionarios públicos, y crear estrategias serias de investigación penal”.
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