martes, 28 de febrero de 2012

Condenan a anciana a 25 años de cárcel por “brujería”

Patricia Chandomí.- Reyna Pedro Francisco Miguel de 73 años de edad, monolingüe hablante del idioma Kanjobal Ateco, originaria de San Rafael la Independencia del departamento de Huehuetenango en Guatemala, refugiada en Chiapas desde que era una niña fue condenada a 25 años de prisión por homicidio del joven Vicente Vicente Baltasar.

I

Sin testigos, sólo una dudosa declaración


En la comunidad La Gloria del municipio de La Trinitaria Chiapas, el día 25 de marzo del 2009, Horacio García Estrada, Juez del Juzgado Penal para la atención de delitos graves del distrito judicial de Comitán de Domínguez, dictó auto de formal prisión contra Reyna, sin mayor prueba que la declaración del joven Basilio Daniel José Marcos.

Según Basilio el pasado 16 de marzo del año 2009 a las 4 de la tarde, en la colonia La Gloria salió de la tienda de doña María Juan Domingo, donde compró un refresco de cola para dirigirse después a la casa del menor fallecido, Vicente Vicente Baltasar, donde también se encontraba otro joven de nombre, Crescencio Pablo Miguel, según su declaración, en el trayecto a la casa de su amigo, se encontraba la casa de Reyna, ésta supuestamente lo llamó y lo amenazó que de no darle el refresco para echarle polvos “mágicos” mataría a sus familiares con su “brujería”.

De acuerdo a Basilio, Reyna dijo que los polvos eran para “crecer sano”, a pesar de que la tenía como “bruja” que los amenazaba con hacerles daño, el joven nunca desconfío de los “polvos” y al llegar a casa de sus amigos ofreció el refresco hasta que el hoy occiso ingirió una cantidad considerable mientras que Crescencio lo hizo en menor medida.

Al ver el efecto que la bebida produjo en sus amigos, Basilio empezó a reírse de ellos y al percatarse que Vicente se desplomó y empezó a sacar espuma por la boca, el testigo acusador salió corriendo.

De acuerdo al abogado de Reyna, Vicente Vázquez Hernández, Basilio en su declaración ministerial sostuvo que Reyna obligaba al joven muerto, Vicente Vicente Baltasar, Crescencio Pablo Miguel y a él a robar aves de granja para que después le fueran entregados a ella, cuando los jóvenes supuestamente se negaron a seguir robando aves de corral, Reyna los amenazó con su “brujería”.


II

Las Contradicciones del acusador


En la declaración ministerial hecha por el menor Cresencio Pablo Miguel, afirma que nunca mantuvo relación alguna con Reyna, la que supuestamente los obligaba a robar gallinas, el joven señaló que conocía a Reyna por comentarios provenientes de sus amigos Vicente y Basilio.

El abogado sostiene que de acuerdo a la pericial en Planimetría Descriptiva y Fotografía realizada por el Ingeniero Andrés Arguello Morales de la Dirección General de Servicios Periciales de la Procuraduría General del Estado en presencia del joven Basilio, quien describió su recorrido, se puntualizó que para ir a casa del amigo, no se pasa por la casa de Reyna, lo cual pone en entredicho su declaración que Reyna lo llamó desde su casa.



III

El polvo mágico: Gramaxone



Estas no son las únicas contradicciones de Basilio, ya que en un primer momento declaró que él había tomado el polvo de casa de Reyna y en otro momento dijo que Reyna había puesto el polvo, que resultó ser Gramaxone, un herbicida altamente tóxico.



IV

Queman autoridades casa de Reyna y amenazan a Juez para que le de 25 años de sentencia



Por otra parte, a la par de que Reyna era juzgada por la vía judicial, el comisario ejidal, el agente municipal y el consejo de vigilancia entregaron con fecha 26 de marzo al Juez un documento, firmado supuestamente por toda la comunidad, a manera de “solicitud” donde amenazaban al Juez que de absolver a Reyna ellos la juzgarían con base en sus costumbres, además pedían que Reyna fuera condenada a 25 años de prisión.

Vecinos de Reyna mencionaron que fueron presionados por las autoridades locales para firmar la “solicitud de condena” de no hacerlo les dijeron que serían expulsados de la colonia. Las amenazas se materializaron unos días después con los familiares de Reyna, las autoridades de la colonia, quemaron la casa de Reyna y corrieron a su esposo y sus dos hijas, quienes se encuentran en calidad de desplazados, además están escondidos pues temen mayores agresiones de parte de las autoridades.

Actualmente Reyna Pedro Francisco está recluida en el Centro Estatal de Reinserción Social para Sentenciados Numero 5 de San Cristóbal de las casas, sentenciada a 25 años de prisión.

De acuerdo a su abogado durante la instrucción Procesal nunca estuvo presente traductor alguno que hablara el idioma Kanjobal Acalteco, a pesar del nulo castellano de la señora Reyna, según consta en el exhorto 14-E/2010 y en la causa penal 59/2009, iniciada en Comitán; por lo que se logró la reposición del proceso; en esta etapa, Basilio de 17 años no se ha presentado a ratificar su declaración.



V

Criminalización a los refugiados y a la práctica de la medicina tradicional



Cabe destacar que Reyna práctica la medicina tradicional maya, conocimiento adquirido por sus ancestras: cura mal de ojo, de espanto, tristeza, esto le generó algunas diferencias con gente de la comunidad, que la etiquetaron de “bruja”, además por su origen Guatemalteco, había vecinos que desde un principio no la quisieron por ser de fuera.

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